La Ley N.º 27.802 de Modernización Laboral introdujo importantes modificaciones en los artículos 209 y 210 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), incorporando nuevas reglas respecto a la comunicación de enfermedades y accidentes inculpables, la validez de los certificados médicos y las facultades de control del empleador.
Estos cambios buscan adaptar las relaciones laborales a las nuevas herramientas tecnológicas, otorgando mayor seguridad jurídica tanto a trabajadores como a empleadores.
¿Qué se entiende por enfermedad o accidente inculpable?
Las enfermedades o accidentes inculpables son aquellas contingencias de salud que no tienen relación con el trabajo ni fueron ocasionadas por él.
Algunos ejemplos son:
- Enfermedades comunes (gripe, neumonía, gastritis, etc.).
- Accidentes domésticos.
- Intervenciones quirúrgicas no vinculadas a la actividad laboral.
- Enfermedades crónicas o preexistentes.
Durante estos períodos, el trabajador conserva el derecho a percibir su remuneración durante los plazos establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo.
Comunicación de la enfermedad o accidente
La reforma mantiene la obligación del trabajador de comunicar al empleador la existencia de la enfermedad o accidente y el lugar donde se encuentra durante el período de imposibilidad de prestar tareas.
Sin embargo, la principal novedad radica en la formalización de dicha comunicación, promoviendo el uso de medios electrónicos y herramientas digitales que permitan acreditar fehacientemente el aviso realizado.
Por ello, resulta recomendable conservar toda constancia de la comunicación efectuada, ya sea mediante correo electrónico, mensajería instantánea, plataformas habilitadas por la empresa u otros medios verificables.
Nuevos requisitos para los certificados médicos
Otra modificación importante se encuentra en el artículo 210 de la LCT.
Los certificados médicos deberán contener información suficiente para acreditar adecuadamente la situación de salud del trabajador, incluyendo:
- Diagnóstico.
- Tratamiento indicado.
- Días de reposo prescriptos.
- Fecha de emisión.
- Identificación del profesional interviniente.
La reforma establece como regla general la utilización de certificados emitidos mediante firma digital conforme a la Ley N.º 25.506.
¿Desaparecen los certificados en papel?
No.
Si bien la firma digital pasa a ser la regla general, la documentación en soporte papel continúa conservando validez en aquellos supuestos en los que existan dificultades técnicas, contingencias operativas o situaciones excepcionales.
Por lo tanto, actualmente existe una convivencia entre el soporte físico tradicional y la documentación digital.
Facultades de control del empleador
La Ley de Contrato de Trabajo continúa reconociendo al empleador la facultad de controlar el estado de salud del trabajador mediante profesionales designados por la empresa.
No obstante, este derecho debe ejercerse respetando los principios de razonabilidad, buena fe y respeto a la dignidad del trabajador.
Asimismo, si el empleador no ejerce oportunamente esta facultad de control luego de haber recibido la comunicación correspondiente, podrían generarse consecuencias jurídicas respecto de la validez de la enfermedad denunciada.
Intervención de juntas médicas ante discrepancias
Uno de los aspectos novedosos de la reforma es la incorporación de mecanismos destinados a resolver discrepancias médicas.
Cuando exista conflicto entre el criterio del profesional tratante y el médico designado por el empleador, podrá intervenir una junta médica oficial o un tercero especializado para emitir un dictamen.
Sin perjuicio de ello, la participación de estos organismos no elimina la posibilidad de que el conflicto continúe siendo debatido judicialmente.
Recomendaciones para trabajadores y empleadores
Para evitar conflictos laborales, se recomienda:
Para trabajadores:
✔️ Comunicar inmediatamente la enfermedad o accidente.
✔️ Conservar constancias de las comunicaciones realizadas.
✔️ Presentar certificados médicos completos y legibles.
✔️ Guardar copia de toda la documentación.
Para empleadores:
✔️ Establecer canales claros para la recepción de avisos.
✔️ Informar adecuadamente los procedimientos internos.
✔️ Ejercer oportunamente el control médico cuando corresponda.
✔️ Documentar todas las actuaciones realizadas.
Conclusión
Las modificaciones introducidas por la Ley N.º 27.802 representan un avance hacia la digitalización y modernización de las relaciones laborales.
Conocer estas nuevas disposiciones resulta fundamental para prevenir conflictos y garantizar el adecuado ejercicio de los derechos y obligaciones tanto de trabajadores como de empleadores.
En caso de dudas o situaciones particulares, es recomendable contar con asesoramiento profesional especializado.