La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo importantes modificaciones en el régimen de facturación electrónica a través de la Resolución General 5824, ampliando el universo de sujetos obligados y estableciendo nuevas disposiciones para la emisión y registración de comprobantes.
Las modificaciones comenzarán a aplicarse a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2026, por lo que resulta fundamental que contribuyentes, profesionales y empresas conozcan las nuevas obligaciones para evitar inconvenientes y posibles sanciones.
¿Quiénes deberán emitir factura electrónica?
La RG 5824 incorpora nuevos sujetos obligados a emitir comprobantes electrónicos por las operaciones realizadas.
Entre ellos se encuentran:
- Directores de sociedades anónimas (SA).
- Socios gerentes de sociedades de responsabilidad limitada (SRL).
- Síndicos.
- Consejeros.
- Fiduciarios y fideicomisarios.
- Socios administradores.
En estos casos, la obligación alcanza a los honorarios y retribuciones percibidas por el desempeño de sus funciones.
Profesionales alcanzados
La normativa también incluye expresamente a determinados profesionales que deberán emitir factura electrónica por los honorarios judiciales percibidos.
Entre ellos:
- Abogados.
- Peritos.
La obligación regirá respecto de cada regulación de honorarios que sea efectivamente percibida.
Incorporación de nuevos sectores
La resolución amplía además el alcance del régimen incorporando a diversos sectores económicos, entre los que se destacan:
- Entidades bancarias.
- Administradoras de tarjetas de crédito y débito.
- Plataformas de pago.
- Prestadores del sector salud.
- Instituciones de educación privada.
Esta ampliación busca unificar criterios y profundizar la trazabilidad de las operaciones económicas.
Comprobante de Liquidación Electrónica Mensual
Una de las novedades más relevantes es la creación del Comprobante de Liquidación Electrónica Mensual, que permitirá documentar mediante una única factura mensual determinadas operaciones.
Este mecanismo podrá ser utilizado por:
- Entidades financieras.
- Compañías de seguros.
- Administradoras de tarjetas.
- Empresas de medicina prepaga.
- Instituciones educativas privadas.
La implementación de esta modalidad busca simplificar procesos administrativos y facilitar la gestión documental.
Nuevas pautas para operaciones con consumidores finales
La RG 5824 también modifica los parámetros vinculados con la identificación de consumidores finales.
A partir de la entrada en vigencia de la norma, cuando una operación sea igual o superior a $10.000.000, el vendedor deberá identificar al cliente.
Asimismo, cuando el comprador solicite el comprobante para efectuar deducciones en el Impuesto a las Ganancias, deberá identificarse mediante su CUIT, independientemente del monto de la operación.
Gestión de puntos de venta
La nueva normativa prevé la posibilidad de asignar puntos de venta independientes para determinadas actividades desarrolladas por un mismo contribuyente.
Esta medida permitirá una mejor organización administrativa y un control más eficiente de las operaciones.
Recomendaciones para contribuyentes y profesionales
Frente a estos cambios, resulta aconsejable:
✔️ Revisar la situación fiscal y registral.
✔️ Verificar la correcta habilitación de puntos de venta.
✔️ Adecuar los sistemas de facturación utilizados.
✔️ Analizar el impacto de la normativa en cada actividad.
✔️ Consultar con profesionales especializados para asegurar el correcto cumplimiento de las obligaciones.
Conclusión
La Resolución General 5824 representa una nueva etapa en el proceso de digitalización y control de las operaciones económicas, ampliando significativamente el alcance de la facturación electrónica.
La correcta adaptación a estas modificaciones permitirá a contribuyentes y empresas evitar contingencias fiscales y mantener un adecuado cumplimiento de sus obligaciones.
En Estudio Zamith Drebert brindamos asesoramiento jurídico, contable y administrativo para acompañarte en la adecuación a las nuevas normativas.