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Categoría: Administración

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Monotributo: nuevas escalas desde agosto de 2026 y todo lo que tenés que revisar
Administración
31 de Julio, 2026

Monotributo: nuevas escalas desde agosto de 2026 y todo lo que tenés que revisar

Como ocurre cada semestre, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las escalas del Monotributo. A partir del 1 de agosto de 2026 entran en vigencia los nuevos parámetros de facturación, importes mensuales y demás valores del régimen simplificado.Si sos monotributista o estás pensando en inscribirte, este es un buen momento para revisar tu categoría y evitar errores que pueden generar diferencias de pago o incluso una recategorización de oficio.¿Qué cambió?La actualización semestral contempla un incremento aproximado del 16,8 % en los principales parámetros del régimen, entre ellos:Topes de facturación anual.Cuotas mensuales.Alquileres devengados.Precio unitario máximo de venta de bienes.Otros parámetros utilizados para determinar la categoría correspondiente.Estos nuevos valores serán los que regirán durante el semestre comprendido entre agosto de 2026 y enero de 2027.¿Quiénes deben recategorizarse?No todos los monotributistas deben hacerlo.La recategorización corresponde únicamente cuando, al analizar los últimos 12 meses de actividad, alguno de los parámetros utilizados por ARCA ya no coincide con la categoría actual.Entre ellos se encuentran:ingresos brutos;superficie afectada a la actividad;energía eléctrica consumida;alquileres devengados, cuando corresponda.Si tu situación no cambió, no es necesario modificar la categoría.¿Hasta cuándo hay tiempo?La recategorización puede realizarse hasta el 5 de agosto de 2026 ingresando al Portal Monotributo con Clave Fiscal. La nueva categoría tendrá efectos para los períodos siguientes conforme al cronograma previsto por ARCA.¿Cómo saber si te corresponde cambiar de categoría?Antes de realizar el trámite es recomendable revisar:✅ La facturación de los últimos 12 meses.✅ Si aumentó o disminuyó tu actividad.✅ Los parámetros de tu categoría actual.✅ La información que muestra ARCA en la recategorización simplificada.Actualmente el sistema permite visualizar la facturación registrada, lo que facilita verificar si corresponde realizar algún cambio.¿Qué pasa si no me recategorizo?Cuando corresponde realizar la recategorización y el contribuyente no la efectúa, ARCA puede iniciar un procedimiento de recategorización de oficio, utilizando la información disponible sobre la actividad, ingresos, compras, acreditaciones y otros datos fiscales.Además, una categoría incorrecta puede generar diferencias en los importes a ingresar y futuras intimaciones.Errores frecuentesMuchos pequeños contribuyentes cometen errores al momento de evaluar su categoría.Los más habituales son:considerar solamente las facturas emitidas durante el año calendario;olvidar analizar los últimos 12 meses completos;no controlar los demás parámetros además de la facturación;esperar hasta el último día para realizar el trámite;no revisar la información precargada por ARCA.Recomendaciones antes de realizar la recategorizaciónAntes de confirmar cualquier cambio recomendamos:revisar la facturación anual;verificar la categoría vigente;controlar que todas las facturas emitidas sean correctas;conservar respaldo de la información utilizada;consultar con un profesional cuando existan dudas sobre la categoría aplicable.Una correcta recategorización evita inconvenientes futuros y permite cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales.📅 Fechas importantes del Monotributo – Agosto 2026Resumen de los principales parámetrosCategoría Ingresos Brutos Superficie EnergíaA$12.009.410,45Hasta 30 m²Hasta 3.330 kWhB$17.595.182,74Hasta 45 m²Hasta 5.000 kWhC$24.670.494,31Hasta 60 m²Hasta 6.700 kWhD$30.628.651,43Hasta 85 m²Hasta 10.000 kWhE$36.028.231,33Hasta 110 m²Hasta 13.000 kWhF$45.151.659,41Hasta 150 m²Hasta 16.500 kWhG$53.995.798,87Hasta 200 m²Hasta 20.000 kWhH$81.924.660,37Hasta 200 m²Hasta 20.000 kWhI$91.699.761,90Hasta 200 m²Hasta 20.000 kWhJ$105.012.519,20Hasta 200 m²Hasta 20.000 kWhK$126.610.838,75Hasta 200 m²Hasta 20.000 kWhRecomendación del Estudio Zamith DrebertLa actualización semestral del Monotributo es una buena oportunidad para revisar la situación fiscal del contribuyente y detectar posibles inconsistencias antes de que generen problemas.Un análisis previo puede ayudar a confirmar si la categoría actual continúa siendo correcta o si corresponde realizar modificaciones de acuerdo con la normativa vigente.¿Necesitás asesoramiento?Si tenés dudas sobre tu categoría, la recategorización o querés verificar si los nuevos parámetros afectan tu actividad, en Estudio Zamith Drebert podemos ayudarte a analizar tu situación y realizar el trámite de forma segura.

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Nuevo régimen de facilidades de pago de ARCA para MiPyMEs y pequeños contribuyentes: todo lo que tenés que saber
Administración
27 de Julio, 2026

Nuevo régimen de facilidades de pago de ARCA para MiPyMEs y pequeños contribuyentes: todo lo que tenés que saber

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo Régimen Especial de Facilidades de Pago, destinado a que determinados contribuyentes puedan regularizar deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026. El régimen fue implementado mediante la Resolución General 5875/2026, publicada en el Boletín Oficial el 14 de julio de 2026.Si tu empresa, emprendimiento o entidad mantiene obligaciones pendientes, esta puede ser una oportunidad para ordenar la situación fiscal y evitar futuras contingencias.¿Quiénes pueden adherirse?El régimen está dirigido a:Micro y Pequeñas Empresas.Medianas Empresas (Tramo 1 y Tramo 2).Pequeños contribuyentes.Entidades sin fines de lucro.Para acceder es importante cumplir con los requisitos establecidos por la normativa y no encontrarse dentro de las causales de exclusión previstas por ARCA.¿Qué deudas pueden incluirse?El plan permite regularizar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026, entre ellas:Impuestos nacionales.Recursos de la seguridad social.Obligaciones aduaneras.Multas y accesorios, cuando correspondan.Es importante aclarar que el régimen no elimina intereses ni sanciones, sino que permite financiarlos bajo determinadas condiciones.¿Hasta cuándo hay tiempo para adherirse?La adhesión puede realizarse hasta el 30 de octubre de 2026, a través del servicio "Mis Facilidades" disponible en el sitio de ARCA.Principales condiciones del planSegún el tipo de contribuyente y la deuda a regularizar, la resolución establece diferentes condiciones.Entre los aspectos más relevantes se encuentran:planes de hasta 18 cuotas para Micro y Pequeñas Empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro;planes de hasta 15 cuotas para Medianas Empresas;pago a cuenta obligatorio;monto mínimo para el anticipo y para cada cuota;aplicación de una tasa de financiación prevista por la normativa vigente.Las condiciones particulares pueden variar según el tipo de obligación incluida en el plan.¿Por qué puede ser conveniente adherirse?Regularizar las obligaciones pendientes puede brindar distintas ventajas, entre ellas:✅ Evitar el incremento de la deuda por intereses.✅ Reducir el riesgo de ejecuciones fiscales.✅ Mantener una mejor situación fiscal para operar con organismos públicos o entidades financieras.✅ Ordenar la administración tributaria de la empresa.Cada caso debe analizarse de forma individual para determinar si la adhesión resulta conveniente.Recomendaciones antes de adherirseAntes de presentar el plan recomendamos:revisar la totalidad de las obligaciones adeudadas;verificar que todas las declaraciones juradas se encuentren presentadas;analizar la capacidad financiera para afrontar las cuotas;elegir el plan que mejor se adapte a la situación del contribuyente.Una correcta planificación puede evitar la caducidad del plan y futuros inconvenientes.¿Qué sucede si el plan caduca?Cuando un plan de facilidades caduca por falta de pago, ARCA puede reanudar las acciones de cobro de las obligaciones pendientes conforme a la normativa vigente. Por eso es fundamental evaluar previamente la posibilidad real de cumplir con las cuotas comprometidas.Recomendación del Estudio Zamith DrebertLos planes de facilidades de pago representan una herramienta útil para normalizar la situación fiscal, pero no todos los casos requieren la misma estrategia.Antes de adherir, es conveniente analizar la composición de la deuda, las obligaciones incluidas, la capacidad de pago y las consecuencias que podría generar la caducidad del plan.Un asesoramiento previo puede evitar errores y ayudar a elegir la alternativa más conveniente para cada contribuyente.¿Necesitás asesoramiento?Si tenés deudas con ARCA y querés evaluar si este régimen es conveniente para tu empresa o emprendimiento, en Estudio Zamith Drebert podemos ayudarte a analizar tu situación, revisar las obligaciones pendientes y acompañarte durante todo el proceso de regularización.

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RG 5824: cambios en la facturación electrónica que entran en vigencia desde el 1 de julio de 2026
Administración
30 de Junio, 2026

RG 5824: cambios en la facturación electrónica que entran en vigencia desde el 1 de julio de 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo importantes modificaciones en el régimen de facturación electrónica a través de la Resolución General 5824, ampliando el universo de sujetos obligados y estableciendo nuevas disposiciones para la emisión y registración de comprobantes.Las modificaciones comenzarán a aplicarse a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2026, por lo que resulta fundamental que contribuyentes, profesionales y empresas conozcan las nuevas obligaciones para evitar inconvenientes y posibles sanciones.¿Quiénes deberán emitir factura electrónica?La RG 5824 incorpora nuevos sujetos obligados a emitir comprobantes electrónicos por las operaciones realizadas.Entre ellos se encuentran:Directores de sociedades anónimas (SA).Socios gerentes de sociedades de responsabilidad limitada (SRL).Síndicos.Consejeros.Fiduciarios y fideicomisarios.Socios administradores.En estos casos, la obligación alcanza a los honorarios y retribuciones percibidas por el desempeño de sus funciones.Profesionales alcanzadosLa normativa también incluye expresamente a determinados profesionales que deberán emitir factura electrónica por los honorarios judiciales percibidos.Entre ellos:Abogados.Peritos.La obligación regirá respecto de cada regulación de honorarios que sea efectivamente percibida.Incorporación de nuevos sectoresLa resolución amplía además el alcance del régimen incorporando a diversos sectores económicos, entre los que se destacan:Entidades bancarias.Administradoras de tarjetas de crédito y débito.Plataformas de pago.Prestadores del sector salud.Instituciones de educación privada.Esta ampliación busca unificar criterios y profundizar la trazabilidad de las operaciones económicas.Comprobante de Liquidación Electrónica MensualUna de las novedades más relevantes es la creación del Comprobante de Liquidación Electrónica Mensual, que permitirá documentar mediante una única factura mensual determinadas operaciones.Este mecanismo podrá ser utilizado por:Entidades financieras.Compañías de seguros.Administradoras de tarjetas.Empresas de medicina prepaga.Instituciones educativas privadas.La implementación de esta modalidad busca simplificar procesos administrativos y facilitar la gestión documental.Nuevas pautas para operaciones con consumidores finalesLa RG 5824 también modifica los parámetros vinculados con la identificación de consumidores finales.A partir de la entrada en vigencia de la norma, cuando una operación sea igual o superior a $10.000.000, el vendedor deberá identificar al cliente.Asimismo, cuando el comprador solicite el comprobante para efectuar deducciones en el Impuesto a las Ganancias, deberá identificarse mediante su CUIT, independientemente del monto de la operación.Gestión de puntos de ventaLa nueva normativa prevé la posibilidad de asignar puntos de venta independientes para determinadas actividades desarrolladas por un mismo contribuyente.Esta medida permitirá una mejor organización administrativa y un control más eficiente de las operaciones.Recomendaciones para contribuyentes y profesionalesFrente a estos cambios, resulta aconsejable:✔️ Revisar la situación fiscal y registral.✔️ Verificar la correcta habilitación de puntos de venta.✔️ Adecuar los sistemas de facturación utilizados.✔️ Analizar el impacto de la normativa en cada actividad.✔️ Consultar con profesionales especializados para asegurar el correcto cumplimiento de las obligaciones.ConclusiónLa Resolución General 5824 representa una nueva etapa en el proceso de digitalización y control de las operaciones económicas, ampliando significativamente el alcance de la facturación electrónica.La correcta adaptación a estas modificaciones permitirá a contribuyentes y empresas evitar contingencias fiscales y mantener un adecuado cumplimiento de sus obligaciones.En Estudio Zamith Drebert brindamos asesoramiento jurídico, contable y administrativo para acompañarte en la adecuación a las nuevas normativas.

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